Por Ricardo Vicente López
El tema de la soberanía ha padecido los embates violentos de la acción arrolladora de la Globalización. Es muy importante el dominio ideológico al que hemos estado sometidos, sin que hayamos tomado conciencia clara de ello. La lenta disolución de su importancia ha posibilitado que el pensamiento político, entendido éste en su definición aristotélica (“El hombre es un animal político”), haya sido expulsado del centro de la escena, para permitir el ingreso del lenguaje neoliberal. Cargado de tecnicismos y nociones extraídas de una antropología calvinista, en su versión anglosajona estadounidense (los elegidos), ha logrado formatear una parte importante de la opinión pública en su desprecio por la política.
Esto torna imprescindible volcar el mayor esfuerzo para la recuperación de un diálogo que enriquezca el saber popular. Ello posibilitaría elevar el nivel de lo que hoy se denominan debates, teniendo como modelo el estilo de la TV. El enriquecimiento político más el ejercicio del debate público requiere una modificación de los valores básicos de la ciudadanía.
Por tal razón debemos aprovechar la fecha que en nuestra historia nos recuerda el ejercicio de la defensa de la soberanía nacional: la Batalla de la Vuelta de Obligado:
La Batalla de la Vuelta de Obligado se produjo el 20 de noviembre de 1845, en aguas del río Paraná, en un recodo donde el cauce se angosta y gira, conocido como Vuelta de Obligado, (Partido de San Pedro). Enfrentó a la Provincia de Buenos Aires, liderada por el Brigadier Juan Manuel de Rosas (1793-1877) —quien nombró comandante de las fuerzas porteñas al General Lucio N. Mansilla (1792-1871) — con a la escuadra anglo-francesa, cuya intervención pretendió desconocer nuestra soberanía política. A pesar de nuestra derrota militar, por la disparidad de fuerzas, la armada anglo-francesa se debió retirar con importantes daños, no habiendo logrado sus propósitos.
Una breve reseña histórica del concepto
La soberanía es el poder político supremo que corresponde a un Estado independiente, sin interferencias externas. En teoría política, la soberanía es un término sustantivo que designa la autoridad suprema que posee el poder último e inapelable sobre algún sistema de gobierno.
En su etimología, la palabra soberanía proviene de la voz latina “super omnia”, que significa “sobre todo” o “poder supremo”, que tiene como sinónimo a la palabra latina “principatus”, que proviene de la voz latina “primus inter pares”, que significa “primero entre pares” o “principal”.
Según la definición del politólogo y filósofo jurídico conservador, de origen alemán, Carl Schmitt (1888-1985), el soberano es el que decide sobre el estado de excepción:
«Si hay una persona o institución, en un sistema político determinado, capaz de provocar una suspensión total de la ley y luego utilizar fuerza extra-legal para normalizar la situación, entonces esa persona o institución es la soberana en ese cuerpo político».
Una definición clásica la aportó el pensador francés Jean Bodin (1530-1596), en Los seis libros de la República (1576), donde acuñó la siguiente definición de soberanía: “es el poder absoluto y perpetuo de una República”. Soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar las leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural. Pues, según añade este autor:
«Si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos».
Esta inicial definición muestra en síntesis la amplitud del concepto de soberanía, que, como tal, perdura aunque haya padecido variaciones a lo largo de la historia, en su intento de justificar el devenir del sujeto de la soberanía (el pueblo, la Nación, el Estado).
El filósofo inglés Thomas Hobbes (1588-1679) suprimió la dependencia de la ley natural que Jean Bodin ponía como condición en su tesis sobre la soberanía y constituyó al soberano en única forma de poder. En su famoso tratado Leviatán (1651) propone, desde la argumentación filosófica, la existencia del autoritarismo estatal :
“La ley de la naturaleza y la ley civil se contienen una a otra, y son de igual extensión y poder. Las leyes de la naturaleza, que consisten en la equidad, la justicia, la gratitud y otras virtudes morales que dependen de ellas, en la condición de mera naturaleza no son propiamente leyes, son cualidades que predisponen a los hombres a la paz y la obediencia. (…) La ley de la naturaleza es una parte de la ley civil en todos los Estados del mundo (…) Cada súbdito en un Estado ha estipulado su obediencia a la ley civil; por tanto, la obediencia a la ley civil es parte, de la ley de la naturaleza. La ley civil y la ley natural no son especies diferentes, sino partes distintas de la ley; de ellas, una parte es escrita, se llama civil; la otra, la que no está escrita, se denomina natural”.
El filósofo suizo Jean-Jacques Rousseau (1712-1778) planteó el tema de la soberanía popular en primer lugar como la culminación del Contrato Social que funda el Estado. Por consiguiente, la soberanía popular es a la vez la finalidad y la esencia misma del contrato social y de toda su teoría democrática. Rousseau quiere igual participación de todos los ciudadanos en todo lo que es relativo al Estado; la soberanía popular es su respuesta como realización concreta de este proyecto de democracia directa participativa.
Emmanuel-Joseph Sieyès (1748-1836), político, eclesiástico, ensayista y académico francés, fue uno de los teóricos de las constituciones de la Revolución francesa. Frente a las ideas de Rousseau, postuló el concepto de que la soberanía radica en la nación y no en el pueblo:
La autoridad no debe obrar sólo tomando en cuenta el sentimiento mayoritario coyuntural de un pueblo, que podía ser objeto de influencias o pasiones perturbadoras, sino que además tuviera en cuenta el legado histórico y cultural de esa nación y los valores y principios bajo los cuales se había fundado. El concepto de Nación contemplaría a todos los habitantes de un territorio, sin exclusiones ni discriminaciones. Los parlamentarios son representantes y no mandatarios, ya que estos gozan de autonomía propia cuando ya han sido electos y ejercerán sus cargos mediando una cuota de responsabilidad y objetividad al momento de legislar; en cambio los mandatarios deben realizar lo que su mandante le indica; en este caso, el pueblo.
Entonces, de Rousseau nace el concepto de soberanía popular, mientras que del abate Sieyès nace el de soberanía nacional. Ambos conceptos se dan indistintamente en las constituciones modernas, aunque después de la Segunda Guerra Mundial ha retomado con fuerza el concepto de soberanía popular que se plantea como el más amplio y más cercano al concepto de democracia.
El Doctor Yves Charles Zarka (Túnez – 1950) Profesor de Filosofía Política Moderna y Contemporánea en la Universidad París Descartes (Sorbonne) sostiene:
Hay un punto particular de la historia de la soberanía cuyo alcance me parece de una importancia considerable. Quiero hablar de la noción «soberanía del pueblo» de Rousseau. Puede decirse que toda la historia moderna de la soberanía ha girado en torno a este concepto. Este giro consiste en hacer de la soberanía del pueblo una realidad. El pueblo es pues el sujeto de la voluntad general, según Rousseau: «De igual modo que la Naturaleza otorga a cada hombre un poder absoluto sobre sus miembros, el pacto social otorga al cuerpo político un poder absoluto sobre todos los suyos, y este mismo poder es el que, dirigido por la voluntad general, lleva el nombre de soberanía»
Origen del concepto
En las monarquías absolutas la soberanía corresponde al Estado, el cual a su vez queda identificado con el rey («El Estado soy yo», dijo Luis XIV). De ahí que el monarca sea llamado soberano, denominación que aún perdura. El liberalismo nació en oposición a este concepto de soberanía y concibió dos modalidades de esta: una, revolucionaria, en la que el pueblo, considerado como un conjunto de individuos, ejerce el sufragio universal (la soberanía popular); la otra, conservadora, deposita en un parlamento de voto censitario (la soberanía nacional).
El término «soberanía popular» se estableció, entonces, frente a la tesis de la soberanía nacional. La Constitución francesa de 1793 fue el segundo texto legal que estableció que «la soberanía reside en el pueblo». La ciencia política ha adoptado hoy la expresión nacional y popular, como la expresión más abarcadora que contiene los elementos políticos que definen un gobierno popular.