El Poder Judicial declaró inconstitucional el magro aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo pasado de acuerdo a la nueva ley de movilidad y ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior, implementada bajo el gobierno de Cristina Kirchner, que se calculó en el 14,5%.
De acuerdo a la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, la nueva ley de movilidad -la 27426- fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017 y los jubilados recibieron en marzo el 5,71% que corresponde a la evolución del 70% de inflación y 30% de los salarios del III Trimestre de 2017 y cómo las leyes no se aplican con retroactividad, debieron recibir la movilidad de la ley anterior –la 26417- de julio hasta el día de la sanción de la nueva ley. Si bien los camaristas declararon constitucional el cambio de la fórmula de movilidad aclararon que debe aplicarse solo hacia delante y no hacia atrás.
Se descuenta que la ANSeS apelará a la Corte este nuevo fallo de la Cámara que sienta doctrina para millones de jubilados y pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales.