Por Ricardo Vicente López
Es muy poco común que los análisis de la tríada del lema de la República francesa: Libertad, Igualdad, Fraternidad*, muestren la estrecha relación que los revolucionarios le habían otorgado, como justificación del sentido de comunidad que encerraba. Esto nos permite entender que la libertad – que ya analicé en una nota anterior– debe complementarse con la igualdad. Aparece, entonces, la necesidad de vincular la libertad social con la idea de justicia social. La cuestión es, por supuesto, que debemos entender por justicia el equilibrio entre un Estado justo y la defensa de las libertades individuales igualitarias.
Se entiende por libertad positiva la capacidad de cualquier individuo de ser dueño de su voluntad, y de controlar y determinar sus propias acciones, y su destino. Es la noción de libertad como autorrealización. Este ejercicio de la libertad debe suponer, en una sociedad democrática, que dé cabida a todos los ciudadanos sin restricción. Aparece, entonces, como concepto supuesto la igualdad de todos, puesto que, de no existir, quedaría la libertad muy dañada, restringida, por diversos condicionamientos de índole social, política, cultural, militar, etc. Deberíamos poner, seriamente en duda, la existencia real de la libertad en un estado no igualitario.
El liberalismo ha avanzado a partir del siglo XVII en defender al individuo frente al estado monárquico opresor, autocrático, en el cual el sistema de gobierno se concentra en una sola figura cuyas acciones y decisiones no están sujetas ni a restricciones legales externas, ni a mecanismos regulativos de control popular. La monarquía absoluta y la dictadura son las principales formas históricas de autocracia. De la experiencia de la revolución civil inglesa (1648) se extrajeron estilos, hábitos y formulaciones legales que tendieron a la protección del ciudadano – este concepto debe entenderse, en ese contexto histórico, como el burgués, el hombre de ciudad:
La igualdad es el trato idéntico que un organismo, estado, empresa, asociación, grupo o individuo le brinda a las personas sin que medie ningún tipo de reparo por la raza, sexo, clase social u otra circunstancia plausible de diferencia o para hacerlo más práctico, es la ausencia de cualquier tipo de discriminación.
Tanto en el Reino Unido como en Francia se suponía que las capas sociales inferiores no estaban amparadas por estos derechos, cuestión que era mucho más grave en sus relaciones con las colonias y territorios de la periferia del mundo central. Esta otra definición, con cierto grado de ingenuidad afirma:
La igualdad social es una situación socio-política según el cual las personas tienen las mismas oportunidades o derechos en algún aspecto, es decir, la igualdad social es tratar a toda la gente por igual ante la sociedad. Aunque existen diferentes formas de igualdad, dependiendo de las personas y de la situación social particular.
Propongo, para reflexionar dentro de un marco más abarcador, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París; en este se recogen los derechos humanos considerados básicos, a partir de la carta de San Francisco (26 de junio de 1945): “Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tal finalidad practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos
Es evidente que esta declaración, teniendo en cuenta que es nada más que eso [1], está llena de buenos deseos, comprensible en los años inmediatos al final de la Segunda Guerra mundial. Sin embargo, quienes firmaban esto no podían ignorar (¿o si?) que la nueva configuración del escenario internacional no auguraba demasiadas buenas expectativas. El resultado de ese conflicto, en contra de lo que esperaban los aliados occidentales, habían fortalecido a un enemigo del capitalismo, según sus previsiones: la Unión soviética. Esto abrió otra forma de la guerra, se la llamó la guerra fría: una lucha entre naciones, en este caso lo que se denominó el «Mundo libre» y la Unión soviética, que no llegaba al enfrentamiento armado, aunque pudo dar lugar a actos violentos.
Entonces volvamos al Doctor Roca Jusmet para aclarar el tema de la relación entre la Libertad y la igualdad:
Es decir que la libertad individual debe estar vinculada a la necesidad de garantizar unos derechos sociales para todos. Pero hay que entender también la libertad externa como libertad política. La libertad política es la de expresarse, asociarse, reunirse y manifestarse libremente. Es lo que podríamos llamar libertad republicana. Pero esta libertad republicana cierra el círculo con la libertad interna. Porque solamente los ciudadanos con información y con criterio pueden dar contenido a una democracia. Es decir, que son las virtudes cívicas las que necesitamos para que esta democracia sea no solo un procedimiento formal sino también una cultura. Esto nos lleva nuevamente a la sociedad, a la educación, a los medios de formación y de información. La política debe ser justamente el esfuerzo por realizar, por materializar y concretar estos derechos, hacer que sean efectivos.
La conclusión que se puede extraer de lo dicho hasta aquí es que la libertad interna y la externa no pueden separarse, ya que todo lo humano tiene necesariamente una dimensión social. La sociedad hace al individuo y el individuo hace la sociedad. El filósofo francés Paul Ricoeur (1913-2005) lo definía así: «Una buena vida, compartida con los otros, y en el marco de unas instituciones justas, es el necesario complemento entre la ética y la política».
La garantía jurídica que otorga una nación organizada es, en el mejor de los casos, una expresión de buenos deseos, tal vez sinceros, pero la historia enseña que han sido muy poco realistas. Esto me trae a la memoria una famosa novela en su tiempo, del escritor británico George Orwell, “Rebelión en la Granja”, (1945). La sátira es una crítica a la Unión soviética. En ella se anuncia con mucho sarcasmo que en esa comunidad de animales: «Todos los animales somos iguales, aunque hay algunos que son más iguales que otros». Hoy, a más de cincuenta años de su publicación, podemos hacer extensiva la sentencia, con muchas y más graves condiciones, al mundo capitalista globalizado, en el cual los más iguales que otros son una ínfima minoría de muy ricos y el resto de los iguales son una mayoría empobrecida y excluida.
Esto nos obliga a tener en cuenta un nuevo criterio de igualdad, en el cual se incorpora a la economía como una dimensión que genera, cada vez, más desigualdad. En una nota anterior cité al Doctor Lester Thurow (1938-2016), Ex-Decano de la Sloan Business School del Massachussets Institute of Tecnology (MIT). Este agudo científico afirmó lo siguiente:
Los fracasos del Tercer Mundo sobrepasan los éxitos del Primer Mundo… los mercados libres también tienden a producir niveles de desigualdad en los ingresos que son políticamente incompatibles con el gobierno democrático… abandonado a su propia vocación, en sí mismo el sistema capitalista tiene la tendencia a caer en la inestabilidad financiera o el monopolio… La democracia y el capitalismo tienen muy diferentes puntos de vista acerca de la distribución adecuada del poder. La primera aboga por una distribución absolutamente igual del poder político, “un hombre un voto”; mientras el capitalismo sostiene que es el derecho de los económicamente competentes expulsar a los incompetentes del ámbito comercial y dejarlos librados a la extinción económica. La eficiencia capitalista consiste en la “supervivencia del más apto” y las desigualdades en el poder adquisitivo.
De esto se desprende que la igualdad pregonada desde los Tribunales Superiores de Justicia, es desmentida, desatendida, dejada de lado o desmentida, en los marcos del sistema capitalista, como lo afirma, con la autoridad de su representación académica, un investigador del MIT. El capitalismo juega con los diversos puntos de partida de cada ciudadano según en qué tipo de familia le haya tocado en suerte nacer. Los diferentes puntos de partida, en muchísimos casos, de diferencias abrumadoras, imposibilitan la práctica social de una igualdad para todos.
[1] Declaración es, en derecho, la manifestación que bajo juramento comunica una situación que ha sido percibida y que evoca hechos que pueden constituir base para la determinación del objeto de prueba en particular.
*N. del E.: “Libertad, Igualdad, Fraternidad”, lema que la Revolución Francesa toma de la Masonería. El liberalismo, en sus distintas variantes, es incompatible con una verdadera justicia social, dado que es intrínsecamente individualista.