Escenas de la vida del Partido Judicial.
por Cristina Fernández de Kirchner
Fragmentos de la presentación judicial formulada ante el Juez Ercolini y el Fiscal Pollicita, el día 2 de agosto de 2016.
La “causa Hotesur” se inició el 10 de noviembre de 2014 -por denuncia de Stolbizer- como una simple falta administrativa que se multó con $3.000. Más tarde la quisieron convertir en una maniobra de lavado de dinero.
Para lograr su objetivo, la estrategia procesal conjunta de Bonadío y Stolbizer debía contar con un gigantesco aparato de difusión mediática, dirigido a instalar ante la opinión pública la idea de que los delitos que se habían denunciado ya se encontraban probados, debiendo considerárseme culpable, incluso sin la necesidad de un juicio previo.
¿Sabías que, por todas las irregularidades que cometió, Bonadío fue apartado de la “causa Hotesur” por la Cámara de Apelaciones el 16 de julio de 2015?
¿Sabías que Stolbizer llegó al absurdo de plantear, a partir de la “noticia que le hicieron llegar” -como siempre- “fuentes no identificadas”, que nada mas ni nada menos se habían adulterado los sistemas informáticos de la AFIP?
El equipo Bonadío-Stolbizer quiso hacer creer que Hotesur se utilizaba para lavado de dinero o para el cobro de presuntos “retornos”, a través del cobro de habitaciones vacías del hotel Alto Calafate. En realidad, Hotesur S.A. nunca alquiló ninguna habitación a nadie. Lo que alquiló es el único inmueble de su propiedad a una operadora turística: Valle Mitre S.A.
La obra pública realizada durante la gestión comprendida entre los años 2003-2015, asciende al monto total de USD107.825 millones. En este marco resulta malicioso -por lo absurdo- pretender que el alquiler de un inmueble de alto valor y con instalaciones de gran nivel era el “vehículo” para canalizar presuntos “retornos” provenientes de la obra pública. Los montos abonados por el alquiler del edificio, no guardan ningún tipo de relación o ecuación económica con la magnitud de la obra pública: ni en relación a las empresas denunciadas, ni a lo que la denunciante pretende como modus operandi respecto de la obra pública.
¿Sabías que una DENUNCIA IDÉNTICA había sido formulada un año antes?
La denuncia de Stolbizer, que dio origen a este proceso ni siquiera es original. Es una copia de la que un año antes formularon los Diputados Elisa Carrió y Fernando Sánchez ante el Juzgado Penal Económico Nro. 1 a cargo del Dr. Javier López Biscayart (Causa nro. 1830/13).
Esa denuncia FUE SOBRESEIDA el día 27 de mayo de 2015. ¿Qué dijo el Juez en lo Penal Económico luego de las investigaciones?:
– Que Valle Mitre era una legítima operadora turística de Santa Cruz.
– Que el contrato de alquiler del hotel EN SU CONJUNTO COMO INMUEBLE era válido.
– Que todas las operaciones entre Valle Mitre y Hotesur están asentadas en los libros societarios.
O sea: TODO LÍCITO. ¿La asociación Bonadío-Stolbizer se ha olvidado de hacer pública esta sentencia previa o prefiere ocultarla? ¿Fraude procesal?
Pero no sólo en juzgados en lo penal económico hay sentencia. También hay precedentes en los juzgados federales de Comodoro Py.
Para ser más preciso, en el juzgado a cargo del Dr. Julián Ercolini, fiscalía Germán Pollicita. El 20 de noviembre de 2009 se dio inicio a una causa por supuestamente haber alquilado un complejo hotelero a precios presuntamente superiores a los del mercado, beneficio obtenido del referido empresario como contraprestación por resultar adjudicatario de distintos contratos de obra pública.
¿Te suena? Sí. En suma, la misma hipótesis delictiva que la que ahora se investiga en la “causa Hotesur”, pero en 2009.
¿Sabés quién fue el Juez en aquella causa? Ercolini, el mismo que ahora. ¿Sabés quién fue el fiscal de aquella causa? Pollicita, el mismo que ahora.
¿Sabés a que conclusiones llegó Ercolini, el Juez de aquella acusación? Que no existía en la causa delito alguno y, en consecuencia, dispuso el sobreseimiento -entre otros- de la suscripta e incluso también del Dr. Néstor Carlos Kirchner, quién a la fecha del resolutorio, lamentablemente, ya había fallecido.
La ridícula hipótesis de cobro por “ocupación fantasma de habitaciones” queda fulminada con una simple lectura de los mismos términos de los contratos.
Esto es lo que ya ha sido determinado por la justicia en 2 oportunidades, en 2009 y en 2015:
· Que la relación contractual de alquiles DEL INMUEBLE, NO DE HABITACIONES, es legítima.
· Que todos los pagos por las operaciones se encuentran debidamente registrados, NUNCA FUERON HECHOS EN EFECTIVO y han tributado impuestos.
· No existe limitación legal alguna sobre la libre administración y disposición de los bienes que registren los funcionarios públicos durante el ejercicio de sus funciones, según el juez Ercolini.
· Todas las transacciones comerciales se realizaron dentro del sistema bancario, por lo que no puede haber lavado de activos.
· Durante los períodos de gobierno que van del 2003 al 2015 -tres períodos presidenciales- se realizó obra pública por un total de USD 107.825 millones, que fueron ejecutados por decenas de empresas contratistas del Estado donde, resulta importante señalar que, las dos empresas denunciadas en forma permanente no encabezan precisamente el ranking por montos ejecutados.
Aunque parezca mentira, con dos sentencias firmes se sigue denunciando lo mismo desde el año 2009. Escenas del Partido Judicial auspiciadas y sostenidas por el Partido Mediático.
¿El Estado de Derecho, la Constitución y los Códigos de fondo y de forma? Bien, gracias. Ausentes sin aviso.