CFK destrozó a Bonadío: “De usted no espero Justicia. Usted fue imputado por ser parte del encubrimiento al atentado a la AMIA”

Usted fue imputado por ser parte del encubrimiento al atentado a la AMIA y apartado de la investigación de dicha causa por tal motivo“, le pudo decir Cristina en la cara a Bonadío. Y no quedó allí: “Dr. Bonadio, de usted no espero Justicia. Pero confío plenamente que cuando en la Argentina se restituya el Estado de Derecho, tan dramáticamente afectado hoy por la espuria y desvergonzada relación entre el Poder Político y el Poder Judicial, la Justicia que reclamo finalmente se proveerá“, completó.

Las frases más importantes de la declaración de Cristina ante Bonadío:

– “Niego terminantemente mi participación en ningún hecho criminal. Si el hecho criminal que está caracterizado como tal por este juzgado es el que se me acaba de leer, debo decirle que es el disparate más grande que escuché en mi vida”.

– “Se reseñó como hecho criminal la firma de un acuerdo internacional entre dos países, en este caso la República Argentina y la República islámica de Irán. Este acto jurídico complejo no solo se realizó en el marco de lo que prevé la Constitución Nacional, sino también en el marco de las disposiciones de la Carta de San Francisco, carta orgánica de las Naciones Unidas a la que los países signatarios estamos obligados a respetar hacia la resolución pacífica de los conflictos“.

– “En cuanto al hecho que se caracteriza como criminal, cuando se dice que el objetivo era normalizar las relaciones entre ambos países, debo notificar a este juzgado de que en términos diplomáticos y derecho internacional, las relaciones nunca se interrumpieron, manteniéndose las embajadas abiertas, y por lo tanto no pudo haber un objetivo de normalizar las relaciones, ya que las relaciones en términos de diplomacia eran normales”.

– “Por otra parte debo también informar a este jugado que normalizar las relaciones entre los países que forman parte de Naciones Unidas nunca puede ser un objetivo criminal. No existen relaciones anormales entre los países. Por lo tanto, no hubo ningún acuerdo entre ambos países para normalizar relaciones, porque ya eran normales en términos jurídicos y de derecho internacional. El objetivo del acuerdo celebrado entre ambos países era lograr que a los acusados por el juez argentino, en el caso de terrorismo internacional de la AMIA, se les pueda tomar declaración indagatoria ya que había sido solicitada por el nuevo juez de la causa, creo que en el año 2006, si mal no recuerdo. Y en virtud de que por disposiciones internas de ambos países impedían hacerlo, se necesitaba, tal cual lo marca el artículo 2 y 33 de la carta orgánica de Naciones Unidas, llegar a un acuerdo entre ambos países. Todo ello en razón de que la República Islámica de Irán, al igual que la República Federativa del Brasil, por ejemplo, prohíbe la extradición de connacionales y en el orden jurídico argentino está prohibido el juicio penal en ausencia. A partir del año 2007 se comienza a pedir la cooperación de la República Islámica de Irán en Naciones Unidas tal como lo hizo en la última asamblea este año la vicepresidenta de la República Argentina, a los efectos de lograr que los acusados presten declaración en juicio”.

– “En este marco, ante la negativa de la República Islamica de Irán, que no respondía los pedidos de cooperación, se propuso en una o dos oportunidades en Naciones Unidas la realización de un juicio en un tercer país como el caso Lockerbie. Aclaro que hago esta referencia porque me fue leído que eso constituye una variación de posiciones. Este acuerdo, que además se hizo en el marco de lo que dispone la carta orgánica de Naciones Unidas, constituye un acto no judiciable, de lo que denominé al principio de mi declaración como un acto jurídico complejo, ya que requiere la participación del Congreso de la Nación para que pueda existir como tal. Por lo cual considero que lo que se me leyó, además de un gran disparate, constituye un hecho de persecución política, con la paradoja de que el que me cita hoy a esta declaración indagatoria fue separado de la causa de encubrimiento de AMIA”.

– “Hoy se está llevando a cabo en estos tribunales de Comodoro Py el alegato de los fiscales en la verdadera causa de encubrimiento con nula cobertura mediática y que tiene como acusadores a quienes fueron presidente de la República, titular de la SIDE, juez de la causa, titular de de la DAIA, al comisario de la Policía Federal que tuvo una participación activa en la investigación del atentado, entre otros, todos esos funcionarios al momento del atentado y durante varios años después. Se mencionó también como antecedente de este atentado, el perpetrado contra la embajada de Israel en el año 1992, y precisamente el juez de esta causa era funcionario del gobierno durante el año 1992, subsecretario de Legal y Técnica del doctor Carlos Corach y que asumiera como juez federal en Comodoro Py días antes del atentado”.

– “Voy a omitir detalles de otra cosa que son de público y notorio conocimiento sobre la designación del juez de esta causa, por una elemental cuestión de respeto y decoro”.

– “Por otra parte dicha denuncia de encubrimiento fue efectuada por el fiscal Nisman, quien volvió en el año 2010 a denunciar al doctor Bonadio esta vez como miembro de una asociación entre Carlos Corach y su hijo y el comisario Palacios para separarlo de la causa AMIA y también para poder atentar contra su vida y la de su familia, causa esta que sigue estando en trámite en estos mismos tribunales de Comodoro Py. El fiscal mismo pidió inclusive que se acreditara una visita del doctor Bonadio al comisario Palacios, detenido en prisión por la causa de las escuchas ilegales en la que estaba procesado el entonces jefe de Gobierno de la ciudad, hoy presidente de República Argentina”.

– “Debo agregar que como legisladora primero, como presidenta después, siempre tuve como una misión a cumplir el esclarecimiento de este terrible atentado. Formé parte de la comisión bicameral sobre sobre ambos atentados y fui la única legisladora que en el año 2001 denunció las irregularidades de la investigación llevada por el juez Galeano que culminaron con su destitución y por el cual hoy está sometido a juicio oral por encubrimiento. Creo además que estamos ante una nueva maniobra de encubrimiento, porque es tan disparatada la acusación, es tan paradójico quien la realiza y en el marco político e institucional en que hoy vive el país, que me hace pensar que estamos ante una nueva maniobra de encubrimiento a 23 años del atentado. Amén de la persecución política que es de público y notorio. Por lo tanto, reitero que se trata de un hecho no solo no judiciable, sino que no puede ser tomado de otra manera que el acuerdo celebrado para lograr tomar declaración a los acusados. Hoy 26 de octubre del año 2017, han transcurrido 11 años desde la acusación del doctor Canicoba Corral y 23 años del atentado, la causa está paralizada y hoy no hay un solo responsable del atentado en términos de condena”.

– “Quiero, a los efectos de ilustrar sobre la necesidad de lograr un acuerdo de cooperación judicial para tomar declaración a los acusados, recordar el episodio que tuvo lugar cuando Interpol procedió a detener a uno de los acusados por los jueces Galeano y Canicoba Corral, quien fuera embajador iraní en Argentina y que finalmente fuera liberado por la Justicia inglesa, por considerar insuficiente la documentación aportada por el juez Galeano desde la Argentina para mantener la presión del ex embajador. Esto finalizó con la liberación de Soleimanpour y las costas a cargo de la Argentina del incidente judicial londinense”.

 

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