Organizaciones sionistas destituyen al juez federal argentino Alfredo López

El 18 de agosto de 2026, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Argentina destituyó a Alfredo Eugenio López del cargo de juez titular del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 4 de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. La causal invocada fue mal desempeño en base a denuncias que se originaron en 2025 a partir de publicaciones realizadas por López en su cuenta de la red social X (@JuezLopezMDP). Los denunciantes principales fueron las organizaciones sionistas: la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA); la diputada sionista Sabrina Ajmechet, presidente del Foro Argentino contra el Antisemitismo (FACA); y los abogados Yamil Santoro y José Magioncalda, de la Fundación Apolo.

La Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura elaboró un dictamen acusatorio. López presentó su renuncia en abril de 2026, pero el Poder Ejecutivo, liderado por Javier Milei (quien se presenta públicamente como «el presidente más sionista del mundo») no la aceptó, para forzar el juicio político. El plenario del Consejo de la Magistratura efectivamente resolvió enviarlo a juicio político.

Según lo expuesto durante el proceso ante el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento, la defensa de López se basó en los siguientes ejes:

Ejercicio legítimo de la libertad de expresión
López sostuvo que sus publicaciones en X constituían opiniones políticas amparadas por la libertad de expresión. Argumentó que un juez, como cualquier ciudadano, tiene derecho a opinar sobre temas de actualidad, incluyendo el conflicto en Medio Oriente, el Estado de Israel y el sionismo, sin que ello configure una falta disciplinaria.

Inexistencia de delito o de actos discriminatorios
Afirmó que los mensajes no configuraban delito penado por la ley argentina ni constituían actos de discriminación contra la comunidad judía. Según su defensa, no hubo ataques personales contra individuos ni incitación a la violencia, sino comentarios de carácter político o ideológico.

Falta de legitimidad de las organizaciones denunciantes
Cuestionó que la DAIA, el Foro Argentino contra el Antisemitismo (FACA) y los demás denunciantes se arrogasen la representación de “toda una colectividad”. Sostuvo que estas entidades no tenían legitimidad para actuar en nombre de todos los judíos argentinos ni para perseguir disciplinariamente a un magistrado por sus opiniones.

Persecución ideológica
Denunció que el proceso respondía a una “persecución ideológica” motivada por sus posturas críticas hacia Israel y el sionismo, y no por un real mal desempeño en sus funciones judiciales. Consideró que se estaba sancionando su pensamiento y no su conducta como juez.

Distinción entre opinión política y la acusación de «antisemitismo»
Insistió en que sus expresiones se referían a cuestiones de política internacional y no constituían hostilidad hacia los judíos como grupo. Rechazó la calificación de antisemitismo y argumentó que se confundía deliberadamente la crítica al Estado de Israel o al sionismo con el odio hacia las personas de religión o origen judío.

Invocación de precedentes de libertad de expresión
Durante el jury, la defensa citó un fallo judicial que había favorecido al presidente Javier Milei en una disputa relacionada con un mensaje en redes sociales, para argumentar que el estándar de protección de la libertad de expresión debía aplicarse también a un magistrado.

La celeridad del Consejo de le Magistratura para destituir al juez López contrasta con la lentitud de numerosas casos de otros jueces que siguen en sus cargos con acusaciones graves, como vínculos con el narcotráfico, corrupción, sobornos o prevaricato.

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