Cultores del Derecho Penal – o ¿aficionados irresponsables?

Por Julio Maier *

Cuando un académico de prestigio, con larga carrera docente, hoy Profesor Emérito, escribe lo que publicamos, se debe prestar especial atención, dado que alto serio debe estar sucediendo.

Me entero en Córdoba, donde paso unos días por invitaciones, problemas familiares y cuasifamiliares, de que han surgido nuevos expertos y genios de la materia del rubro, pertenecientes a variadas ideologías políticas, todos nucleados, al parecer, en el elenco excepcional que, según nuestro presidente actual, junto a él, nos gobierna. No conozco esos nombres en la materia, encabezados por un señor Garavano, a la sazón nuestro ministro de justicia, a quien apoya un señor Pinedo, otro Rozas, y otro Pichetto, senadores nacionales, autores de una nueva ley del ministerio público fiscal, poco menos que revolucionaria y extrañamente pluralista –en el sentido de partidos políticos que conforman la alianza (al parecer académica) –, oficio estatal previsto y regulado básicamente en nuestra Constitución federal. Confieso mi ignorancia, injustificable después de más de medio siglo de pertenencia académica a la materia, y mi total desconocimiento de estos autores en la disciplina. Más aún, me extraña que la Facultad de Derecho de la U.B.A. y su Departamento de Derecho penal, al que pertenezco, no debatan esta proposición y sus eventuales fundamentos, dado que la ley vigente fue sancionada hace escaso tiempo, para cumplir con un imperativo de la reforma constitucional de 1994 y por abrumadora mayoría legislativa, según recuerdo.

Este acontecimiento y la urgencia de su tratamiento legislativo demuestran, quizás por el error de mi juicio ignorante, varias cosas. En primer lugar, el yerro del fundamento aludido en la renuncia de la Procuradora General de la Nación, sobre el cual me pronuncié hace días. En segundo lugar, que el propósito de los genios emprendedores del proyecto no es otro que el designar un Procurador General manejado por el PEN, por adicción o temor, que, en conjunto con la supresión de las llamadas procuradorías especializadas y de cargos de funcionarios y empleados de competencia específica obstaculicen primero y luego supriman la aplicación del Derecho penal a los delitos de lesa humanidad, a los delitos llamados económicos –sintéticamente: de personas pudientes– y a la corrupción estructural del gobierno y de sus funcionarios. En tercer lugar que, pese a las quejas y al vocabulario utilizado, el presidente de la Nación y sus funcionarios no mienten o, al menos, no pueden mentir: según sus medidas, gobiernan sólo para el establishment, suerte de burguesía de origen extranjero siglo XX, que ni siquiera habla bien el castellano, consideran un “curro” a la persecución judicial de los delitos de lesa humanidad y a los derechos humanos internacionalmente reconocidos, que están comprometidos, por pertenencia al menos de clase o ideológica, a eliminar y, casi diría, son apátridas cualquiera que fuere el lugar de su nacimiento y formación.

Con esta breve opinión pretendo adherir y colaborar, si ello es posible y pese a mi ignorancia, con el grupo de personalidades que, según leo, se oponen a proyectos urgentes de reformas del PEN que –coincido– nos conducen atrás históricamente, hacia la primera mitad del siglo XIX. Me pregunto: ¿habrá que revisar la ley de libertad de vientres (1813)?; ¿la ley de residencia?

* Julio Maier (1939) – Abogado. Licenciado en Derecho y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Profesor Titular regular de Derecho Penal y Procesal Penal, hoy Profesor emérito, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires; Profesor Honorario en varias Universidades extranjeras.

Fuente: www.pagina12.com.ar 11-11-17

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