La ONG británica Amnesty, la OEA y la propia ONU detrás de la liberación de presos en distintos países

El jueves por la noche la ciudadanía argentina se expresó con fuertes cacerolazos contra la medida de liberar presos de las cárceles bajo la excusa del Covid-19, y con razón: la sociedad rechaza tener que volver a convivir en su barrio con asesinos, secuestradores y violadores a los que costó años detener, juzgar y finalmente condenar. Si bien las recomendaciones de la Cámara de Casación Penal refieren que las excarcelaciones deben ser “solo para casos de delitos menores y grupos de riesgo por el coronavirus”, en la práctica muchos jueces terminan liberando casos de delitos graves como homicidio y violación, bajo la excusa de ser personas mayores de 60 años o por tener alguna afección de salud.

Si bien es el Poder Judicial el que decide a qué delincuente otorgarle prisión domiciliaria, y por lo tanto el principal responsable, el origen de la resolución viene de mucho más arriba y baja desde organismos internacionales, entre ellos la OEA (a través de la CIDH), la ONG’s británica Amnesty International, la OMS y la propia ONU. Por ese motivo, países tan distintos como Irán (85.000), Brasil (30.000), Colombia (4.000), Afganistán (12.400), Italia (12.000), Francia (5.000), España (4.500) están enfrentados a la misma caótica situación.

El resultado es obvio: más caos social e incertidumbre se suma, sobre el escenario de pánico montado en el mundo tras la emergencia del Covid-19. 

Los organismos globales actúan en tandem: OEA/CIDH y la propia ONU (ACNUDH) pidieron al Estado Argentino la liberación de detenidos por causa del Covid-19, luego Amnesty se encargó de reclamar por el cumplimiento efectivo del reclamo.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) es la encargada de reclamar la medida a nivel global. Así lo plantea en su informe del 30 de marzo, desde Ginebra: “Las medidas incluyen considerar la reducción de población penitenciaria por medio de esquemas de liberación temprana, provisional o temporal de infractores de baja peligrosidad; la revisión de todos los casos de prisión preventiva; extender el uso de fianzas con excepción de los casos más graves; así como revisar y reducir la detención de migrantes y los campos cerrados para refugiados”. 

Como un proto gobierno mundial, la ONU monitorea a los Estados Nacionales, a través del “Subcomité para la Prevención de la Tortura”, fiscalizando que sus “recomendaciones” se cumplan.

La institución globalista encargada de implementar estas resoluciones en el continente americano es la OEA. Veamos uno de los primeros comunicados de la OEA del 31 de marzo de este año (al día siguiente la ONU):

Washington, DC – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el marco de su Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la crisis en relación con la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19), urge a los Estados enfrentar la gravísima situación de las personas privadas de la libertad en la región y a adoptar medidas urgentes para garantizar la salud y la integridad de esta población y de sus familias, frente a los efectos de la pandemia del COVID-19, así como asegurar las condiciones dignas y adecuadas de detención en los centros de privación de la libertad, de conformidad con los estándares interamericanos de derechos humanos.

Y da su principal indicación: “En particular, la Comisión insta a los Estados a reducir la sobrepoblación en los centros de detención como una medida de contención de la pandemia”. Para luego detallar: “Esta coyuntura exige a los Estados un gran esfuerzo coordinado para descongestionar tanto unidades penitenciarias como comisarías a través de criterios de excarcelación o adopción de medidas alternativas a la privación de la libertad”.

Sugiere contemplar los mismos casos que luego indicará la Cámara de Casación Penal que preside en la Argentina el juez Violini: “Evaluar de manera prioritaria la posibilidad de otorgar medidas alternativas como la libertad condicional, arresto domiciliario, o libertad anticipada para personas consideradas en el grupo de riesgo como personas mayores, personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas o con niños a su cargo y para quienes estén prontas a cumplir condenas”.

Realizado el planteo formal a través de la ONU y la CIDH, luego la ONG británica Amnesty es una de las encargadas de presionar y fiscalizar su cumplimiento. Así lo explica en su web oficial el 22 de abril: “Argentina atraviesa una situación de crisis, sobrepoblación y hacinamiento de la población carcelaria incluso antes de la emergencia del COVID-19. Ante las intervenciones de la Secretaría de Derechos Humanos en este tema, Amnistía Internacional presentó hoy dos pedidos de acceso a la información pública ante esa Secretaría y también a la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia de la Nación para conocer los criterios de intervención de ambos órganos de derechos humanos en el contexto del coronavirus y el impacto en las cárceles del país. La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) manifestó su preocupación por la situación de las personas privadas de su libertad en el actual contexto de pandemia y urgió a los Estados de la región a que evaluen de manera prioritaria la posibilidad de otorgar medidas alternativas para personas privadas de libertad consideradas en grupo de riesgo como personas mayores, personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas o con niños a su cargo y para quienes están prontas a cumplir condena”.

Amnesty le exige directamente al gobierno argentino:Ante esta situación de crisis carcelaria agravada por la actual pandemia, Amnistía Internacional le pidió información a la Secretaría de Derechos Humanos y la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para:
a) Saber si se están llevando adelante acciones de coordinación con el sistema de justicia, el Servicio Penitenciario Federal y otros organismos involucrados.
b) Conocer las denuncias y pedidos de intervención recibidas por las Secretarías de Justicia y la de Derechos Humanos de parte de personas privadas de su libertad.
c) Indagar sobre las intervenciones de ambas Secretarías en función de dichas solicitudes”.

Como puede verse, son las propias instituciones del poder global las que vienen exigiendo a los países la aplicación de resoluciones que tiendan a la libertad de detenidos, con la excusa de evitar el caos por posibles contagios de coronavirus terminan generando en la práctica un caos mayor.

 

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